Auxilio de defunción - Fondo de Empleados Bretano

Auxilio de defunción

  • Descripción

    El auxilio de defunción se otorgará en caso de fallecimiento del asociado o cualquiera de sus dependientes (Hasta primer grado de consanguinidad y primero civil): Padres del Afiliado, Hijos, Cónyuge o Compañero (a) Permanente, Hermanos del Afiliado.

  • Funcionamiento

    El auxilio funerario se fijó de la siguiente forma:
    Un SMMLV asociados que lleven afiliados a FEB mayor o igual a 10 años.
    Medio SMMLV asociados que lleven afiliados a FEB 5 años y menor a 10 años.
    Cuarta parte de 1 SMMLV para los asociados que lleven afiliados 6 meses y menor a 5 años

Requisitos

En caso de fallecimiento de un asociado, el beneficiario del auxilio solicitará dicho valor, adjuntando el certificado de defunción. En caso de fallecimiento de los padres, el asociado solicitará el valor del auxilio adjuntando su partida de bautismo o registro civil al certificado de defunción. En caso de fallecimiento de su cónyuge, el asociado adjuntará la partida de matrimonio junto con el certificado de defunción. Si muere el compañero o compañera permanente el asociado adjuntará a su solicitud declaración extra juicio de dos (2) testigos y certificado de defunción. Si muere un hijo, el asociado solicitará el auxilio adjuntando la partida de bautizo o registro civil del difunto al certificado de defunción. Para acceder a este auxilio, el asociado deberá estar activo dentro del Fondo de Empleados y llevar mínimo 6 meses de antigüedad. el plazo máximo de pasar los documentos es 1 mes después del acontecimiento

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